¡MUJERES BOMBERAS! ¿QUE LO IMPIDE?
¡MUJERES BOMBERAS! ¿QUE
LO IMPIDE?
Últimamente
y con motivo de la incorporación el pasado mes de julio de una nueva
promoción de Bomberos en el Ayuntamiento de Madrid se ha reabierto
un antiguo debate que creía ya superado y que por lo que veo sigue
sin resolverse y es el de la incorporación de mujeres en el trabajo
de Bombero/a, se producen declaraciones extemporáneas como las de la
alcaldesa de Madrid, justificando la no incorporación de mujeres por
razones totalmente discriminatorias debidas a las diferencias
evidentes entre unos y otras o las de aquellos que reclaman unas
pruebas diferentes para mujeres, tampoco muy lógicas, ya que es
evidente que para un mismo puesto de trabajo las condiciones
requeridas deben ser similares se sea hombre o mujer.
¡La
historia se repite!, con debates, argumentos, opiniones y discusiones
idénticas a las de hace más o menos cuarenta años y que ya
deberían haberse superado y normalizado, sobre todo a partir de la
Reunión Paritaria de la OIT(Organización Internacional del
Trabajo), sobre condiciones de empleo y trabajo del personal de
extinción de Incendios (Ginebra 9-16 mayo de 1990).
En
esta Reunión Integrada por 30 Miembros Titulares. Gubernamentales
representantes de los servicios de extinción de incendios de
10 países: República Federal de Alemania, China, Estados Unidos,
Hungría, India, Japón, Nigeria, Países Bajos, Reino Unido y URSS,
así como cuatro miembros empleadores en representación del sector
privado de los servicios de extinción de incendios, y 16 miembros
representantes de los trabajadores en dichos servicios(España estuvo
en este grupo por medio de la FSP-UGT, así como otros 15
representantes de los Servicios de otros tantos países), otros
miembros no titulares asistieron de Consejeros Técnicos de los
miembros titulares.
Asistieron
de observadores las principales organizaciones internacionales:
-REPRESENTANTES
NACIONES UNIDAS,
-INSTITUCIONES
ESPECIALIZADAS Y OTRAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES
OFICIALES.-ORGANIZACIÓN ARABE DEL TRABAJO.
-COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS.
-REPRESENTANTES DE ORGANIZACIONES INTERNACIONALES NO GUBERNAMENTALES.
-UNION EUROPEA DE FEDERACIONES DE PERSONAL COMUNAL.
-CONFEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ORGANIZACIONES SINDICALES LIBRES.
-FEDERACIÓN INTERNACIONAL DE ASOCIACIONES DE ESPECIALISTAS
DE LA SEGURIDAD E HIGIENE DEL TRABAJO.
-ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE EMPLEADORES.
-INTERNACIONAL DE SERVICIOS PÚBLICOS.
-UNION INTERNACIONAL DE SINDICATOS DE TRABAJADORES DE SERVICIOS PÚBLICOS Y SIMILARES.
-CONFEDERACIÓN MUNDIAL DEL TRABAJO.
-FEDERACIÓN SINDICAL MUNDIAL.
Sirvió
de Base un estudio previo de la OIT realizado durante varios años en
la que participaron los estados miembros mediante la aportación de
datos y encuestas de los Servicios de extinción de incendios de los
distintos países, con una recopilación de datos exhaustiva en los
que se exponía la situación de todos los Servicios.
El
tema de la incorporación de mujeres fue muy debatido, con opiniones
claramente enfrentadas pero la conclusión aprobada tendía a que era
necesario establecer normas en las que no hubiera discriminación por
sexo y la Conclusión aprobada fue que: “Los
requisitos físicos que pudieran constituir un obstáculo para la
contratación de mujeres bomberos deberían reexaminarse para
averiguar si responden a exigencias del puesto de trabajo. Se
deberían adoptar medidas adecuadas para aumentar las oportunidades
de que ingresen mujeres en el servicio contra incendios,
a reserva del mantenimiento de normas de contratación sólidamente
fundamentadas.”.
Tras
el tiempo transcurrido parece que lo normal es que las bases se
hubiesen ido adaptando a las necesidades reales y que las mujeres
aunque con dificultad tuviesen oportunidad de incorporase
al trabajo, pero no ha sido así, ¿Porqué?.
Comentarios
Publicar un comentario